"En Ecuador, hasta el momento no ha
sido posible aprobar una ley que abra la puerta a la creación de radios
comunitarias".
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"...es momento para que las y los ciudadanos nos decidamos a poblar nuestro país de radios comunitarias, amparados en todo cuanto consagra la Ley Suprema de la República, la Constitución, porque ya no podemos seguir esperando por una ley como si estuviéramos mendigando el derecho a la comunicación..."
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Hace pocos días (el 19 de marzo de 2012), la Comisión Federal de Comunicaciones de los Estados Unidos aprobó la autorización
para la ampliación de concesiones de frecuencias para radios comunitarias, con
lo cual se avizora una verdadera primavera de emisoras comunitarias en el gran
país del norte. Así se informa en el sitio de Radio Prometheus (en inglés).
La decisión, con razón, ha sido considerada como
una victoria para las comunidades, sobre todo porque la misma Comisión Federal
de Comunicaciones (FCC) ha reconocido que más de seis mil solicitudes de
licencias han permanecido pendientes por años.
Tras esta decisión se ha anunciado también el compromiso agilizar el
trámite de las solicitudes archivadas.
Más de una década de lucha fue necesaria para
lograr la aprobación de la ley de radio comunitarias locales, que aunque
fue aprobada por el Congreso hace ya un par de años, la ley -como suele pasar
en todos lados- aún no se lograba aplicar.
Con esta decisión de la Comisión Federal de
Comunicaciones se prevé que en los próximos meses se multiplicarán las
solicitudes para el funcionamiento de radios comunitarias. En breve se escucharán por estos medios las
voces de comunidades que no siempre son escuchadas ni visibilizadas por las
grandes cadenas radiales.
En Ecuador, en cambio, hasta el momento no ha
sido posible aprobar una ley que abra la puerta a la creación de radios
comunitarias. La legislación vigente,
aprobada por la dictadura en 1975 (Decreto Supremo No. 256-A), únicamente
consideró la coexistencia de emisoras de carácter "comercial privada", con fines
de lucro (Art. 7) y las de “servicio público”, que son aquellas sin fines y que
tenían la prohibición de cursar publicidad comercial, como alternativa de
financiamiento.